Las vacaciones son una de las prestaciones que más dudas generan quienes contratan por primera vez en Guatemala: ¿cuántos días son, cuándo se ganan y cómo se calculan si el colaborador no ha cumplido un año completo?
El derecho básico
El Artículo 130 del Código de Trabajo establece que todo trabajador tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas por cada año de trabajo continuo con el mismo patrono. Para tener derecho a este período, el colaborador debe haber trabajado al menos 150 días durante el último año.
Vacaciones proporcionales
Cuando la relación laboral termina antes de completar el año (o el colaborador sale antes de tomar sus vacaciones ya ganadas), se paga la parte proporcional:
Vacaciones proporcionales = (15 días / 365 días) × días trabajados en el período
Ejemplo
Un colaborador que trabajó 8 meses (aproximadamente 243 días) sin haber tomado vacaciones:
(15 / 365) × 243 = 9.99 ≈ 10 días hábiles de vacaciones proporcionales
Ese monto se paga sobre el salario diario del colaborador al momento de liquidar.
Cuándo se debe pagar
Las vacaciones deben ser remuneradas antes de que el colaborador inicie su período de descanso — no se pueden compensar en dinero mientras la relación laboral sigue activa (solo al terminar el contrato, como vacaciones proporcionales no gozadas).
Cómo llevar el control sin perderte
El error más común es no tener claro cuántos días de vacaciones ha acumulado o gozado cada colaborador, sobre todo cuando hay varios con fechas de ingreso distintas. En Mindy, la boleta de nómina muestra las vacaciones gozadas de cada colaborador de forma separada del sueldo ordinario, para que quede documentado cuánto y cuándo descansó cada quien.
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones da la ley en Guatemala?
15 días hábiles por cada año de trabajo continuo, según el Artículo 130 del Código de Trabajo.
¿Cuántos días hay que trabajar para tener derecho a vacaciones?
Al menos 150 días durante el último año.
¿Cómo se calculan las vacaciones si no se completó el año?
De forma proporcional: (15 días / 365) × días trabajados en el período.
¿Se pueden pagar las vacaciones en vez de dárselas?
No, mientras la relación laboral esté activa. Solo se pagan en efectivo como proporcional cuando el contrato termina.